¿Qué es una fianza?
La fianza es un contrato por el cual un fiador (afianzadora) se compromete con el acreedor (beneficiario: contratante o autoridad)
a pagar por el deudor (fiado: PyME, contratista, proveedor u otro), si éste no lo hace.
La fianza es un contrato accesorio que garantiza el cumplimiento de la obligación que está determinada en el
contrato principal.
¿Por qué debería solicitar una fianza?
Porque es la forma de dar confianza a las partes de un contrato, pues se garantiza el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
En los contratos ante el sector público es una obligación legal.
¿Qué autoridades regulan las actividades de una afianzadora?
Las aseguradoras y afianzadoras están sujetas a la regulación de la Comisión Nacional de Seguros
y Fianzas, la cual a su vez es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
¿La fianza tiene un costo?
Sí, las afianzadoras al emitir una fianza cobran una prima de fianza, más los derechos, gastos e IVA. Este
cobro es por anualidad.
¿Qué autoridades regulan las actividades de una afianzadora?
Las aseguradoras y afianzadoras están sujetas a la regulación de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
la cual a su vez es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
¿Con qué puedo garantizar una fianza?
- Prenda: dejar en custodia una cosa mueble, normalmente efectivo.
- Obligación solidaria: un tercero se compromete con sus garantías en caso de que el fiado no cumpla con
su obligación principal.
- Contrafianza: obligación que asume otra institución afianzadora al contrato de fianza en caso de incumplimiento
del fiado.
- Afectación en garantía (bien inmueble): anotación marginal que se constituye sobre un bien inmueble,
propiedad del fiado o del obligado solidario.
¿Cuáles son los requisitos para el solicitante de una fianza?
Persona física
Presentar un documento original para su cotejo y entregar dos copias al agente o ejecutivo de la institución afianzadora.
- Documento fuente *
- Contrato solicitud *
- Entrevista de identificación y conocimiento del cliente
- Carta de autorización de consulta al buró
- Identificación oficial
- Comprobante de domicilio *
- RFC o cédula de identificación fiscal
- Garantías de recuperación
- CURP
- Declaración de impuestos del año inmediato anterior y última parcial del año en curso (opcional)
- Comprobante de ingresos y/o relación patrimonial
Persona moral
Presentar un documento original para su cotejo y entregar dos copias al agente o ejecutivo de la institución afianzadora.
- Documento fuente
- Contrato solicitud
- Entrevista de identificación y conocimiento del cliente
- Carta de autorización de consulta al buró
- Identificación oficial *
- Comprobante de domicilio
- RFC o cédula de identificación fiscal
- Garantías de recuperación
- Declaración de impuestos del año inmediato anterior y última parcial del año en curso (opcional)
- Comprobante de ingresos y/o relación patrimonial
- Alta de Hacienda
- Poderes
- Acta constitutiva
- Currículum de la empresa
- Estados financieros auditados
Estos documentos sirven para respaldar que el fiado cuenta con solvencia moral, jurídica, técnica y financiera.
Si ya cumplí con la obligación contraída, ¿debo realizar algún trámite?
Sí, debes cancelar la fianza. Para cancelarla, es necesario presentar alguna de las siguientes opciones:
- Carta del beneficiario dando por terminada y cumplida la obligación afianzada
- Documento que acredite el cumplimiento de la obligación
Si el fiado no cumplió con la obligación que se estableció en el contrato, ¿cómo puedo
reclamar la fianza?
El beneficiario (acreedor) puede exigir al fiado que cumpla con la obligación asumida o ser indemnizado por parte
del fiador (afianzadora).
De acuerdo a lo establecido en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para iniciar el
proceso de reclamación, el beneficiario debe requerir por escrito a la afianzadora el pago de la fianza, acompañando
la documentación y demás elementos que sean necesarios para demostrar la existencia y exigibilidad de la
obligación garantizada por la fianza.
El escrito de la reclamación deberá contener los siguientes puntos:
- Fecha de la reclamación
- Número de póliza de fianza relacionado con la reclamación recibida
- Fecha de expedición de la fianza
- Monto de la fianza
- Nombre o denominación del fiado
- Nombre o denominación del beneficiario y, en su caso, el de su representante legal debidamente acreditado
- Domicilio del beneficiario para oír y recibir notificaciones
- Descripción de la obligación garantizada
- Referencia del contrato fuente (fechas, número de contrato, etc.)
- Descripción del incumplimiento de la obligación garantizada e importe originalmente reclamado como suerte
principal
La afianzadora contará con 15 días naturales a partir de que se presente la reclamación para solicitar
al beneficiario todo tipo de documentación e información que sean necesarias relacionadas con la fianza
en cuestión.
¿Dónde puedo contratar una fianza?
Grupo Financiero Aserta cuenta con más de 30 sucursales a nivel nacional y una en Madrid, España, en donde
podemos brindarte la asesoría que requieras.
Adicionalmente, se pueden tramitar fianzas a través de la amplia red nacional de agentes autorizados.
¿Qué requisitos debe cumplir una fianza?
De acuerdo al artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, las pólizas de fianzas deben
incluir los siguientes elementos:
- El nombre y domicilio de la Institución, del fiado y del beneficiario;
- Las obligaciones legales o contractuales del fiado materia de la obligación garantizada;
- El monto afianzado, monto garantizado por la fianza o, en su caso, el monto convenido de la indemnización;
- La forma en que el beneficiario deberá acreditar a la Institución el incumplimiento de la obligación
garantizada. Para el caso de las fianzas a favor del Gobierno Federal, del Distrito Federal, de los Estados y de los
Municipios, se deberá observar lo previsto en las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables;
- El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia;
- Las demás cláusulas que deban regir la póliza de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas aplicables;
- La firma del representante de la Institución.
¿Qué es el seguro de caución?
El seguro de caución, o seguro de garantía, es el contrato de seguro mediante el cual el asegurador (compañía
aseguradora) se obliga a indemnizar al asegurado (beneficiario) por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador/contratante
del seguro (proveedor o contratista) incumpla las obligaciones, legales o contractuales -excluyendo los contratos de
naturaleza financiera-, que mantenga con éste.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar un seguro de caución?
Persona física
Presentar un documento original para su cotejo y entregar dos copias al agente o ejecutivo de la aseguradora.
- Documento fuente
- Contrato solicitud
- Entrevista de identificación y conocimiento del cliente
- Carta de autorización de consulta al buró
- Identificación oficial
- Comprobante de domicilio
- RFC o cédula de identificación fiscal
- Garantías de recuperación
- CURP
- Declaración de impuestos del año inmediato anterior y última parcial del año en curso (opcional)
- Comprobante de ingresos y/o relación patrimonial
Persona moral
- Presentar un documento original para su cotejo y entregar dos copias al agente o ejecutivo de la aseguradora
- Documento fuente
- Contrato solicitud
- Entrevista de identificación y conocimiento del cliente
- Carta de autorización de consulta al buró
- Identificación oficial
- Comprobante de domicilio
- RFC o cédula de identificación fiscal
- Garantías de recuperación
- Declaración de impuestos del año inmediato anterior y última parcial del año en curso (opcional)
- Comprobante de ingresos y/o relación patrimonial
- Alta de Hacienda
- Poderes
- Acta constitutiva
- Currículum de la empresa
- Estados financieros auditados
- Estos documentos sirven para respaldar que el contratante cuenta con solvencia moral, jurídica, técnica
y financiera.
¿Con qué puedo garantizar un seguro de caución?
La Aseguradora de Caución podrá solicitar las garantías de recuperación que considere convenientes
(arts. 26 y 27 LISF)
¿Cuál es el contenido del Certificado de Caución?
- El nombre y domicilio de la empresa de seguros, del contratante del seguro y del asegurado;
- Las obligaciones legales o contractuales del contratante del seguro materia del riesgo asegurado;
- La suma asegurada o, en su caso, el monto convenido de la indemnización;
- Los comprobantes que el asegurado deberá entregar a la aseguradora para acreditarle que se produjeron las circunstancias
acordadas para hacer exigible el monto de la indemnización. Para el caso de seguros a favor del Gobierno Federal,
del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios, se deberá observar lo previsto en las disposiciones
legales, reglamentarias y administrativas aplicables;
- El momento de inicio del seguro y su duración;
- La transcripción de los artículos 154 (prima), 155 (excepciones y defensas) y 156 (vigencia) de esta Ley;
- Las demás cláusulas que deban regir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;
- El número y la fecha de la póliza bajo la cual se expide el certificado;
- La firma de la empresa aseguradora.
La empresa aseguradora estará obligada a entregar al contratante del seguro, una póliza en la que consten los
derechos y obligaciones del contratante y contendrá de acuerdo al art. 20 LCS :
- Nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora
- Designación de la cosa o de la persona asegurada
- Naturaleza de los riesgos garantizados
- El momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración de esta garantía
- Monto de la garantía
- Cuota o prima del seguro
- Cláusulas de acuerdo con las disposiciones legales, así como las convenidas lícitamente por los
contratantes
La póliza deberá contener una cláusula en la que se establezca que la Aseguradora asumirá el
riesgo ante el asegurado mediante la emisión del certificado de caución correspondiente, al que el contratante
reconoce la misma fuerza y validez que a la póliza.
La Aseguradora de caución expedirá:
- Solicitud (solicitante declara hechos importantes para la apreciación del riesgo)
- Póliza (derechos y obligaciones del contratante )
- Certificado (se establecen obligaciones a garantizar)
- Folletos
La Aseguradora deberá entregar a los Contratantes, Asegurados o Beneficiarios, de manera directa o a través
de Agentes (24.3.1 CUSF)
- Los derechos antes y durante la contratación del seguro
- Los derechos cuando ocurra el siniestro
¿Qué es la póliza de seguro?
Es el contrato que expide la aseguradora (Aserta Seguros Vida) al asegurado.
¿Qué debo hacer en caso de siniestro?
En caso de siniestro, puedes comunicarte con nosotros sin costo al
01800 911 0900 desde cualquier punto de la República Mexicana y un ejecutivo te indicará los requisitos
y los pasos a seguir; o bien, puedes escribirnos al correo
servicio@asertavida.com.mx.
¿Cómo sé qué coberturas tengo con mi seguro?
Las coberturas vienen especificadas en la póliza de tu seguro. En caso de no encontrarlas, puedes comunicarte con
nosotros sin costo al
01800 911 0900 desde cualquier punto de la República Mexicana o escribirnos al correo
servicio@asertavida.com.mx.
¿Puedo cambiar a los beneficiarios de mi seguro?
Como asegurado puedes solicitar el cambio de beneficiarios en cualquier momento, para lo cual debes llenar el formato
y entregarlo en la aseguradora.
Comunícate sin costo al
01800 911 0900 y un ejecutivo te indicará los requisitos y los pasos a seguir, o bien, al correo electrónico
servicio@asertavida.com.mx.